Propietarios de VPO anteriores al 2009-2012, quizás estéis de suerte.
¿Eres propietario de una VPO perteneciente a planes de vivienda anteriores al 2009-2012? Si es así, probablemente no te reconocieron o concedieron la ampliación de las ayudas correspondientes a subsidiación de tu préstamo durante el periodo comprendido entre 15/07/2012 y el 05/06/2013 .
Pues bien, abre los ojos y lee atentamente, esto te interesa mucho.
Como os decimos, muchos propietarios de vivienda de Protección Oficial, presentaron en ese periodo ante las Direcciones Generales de Vivienda de las distintas Comunidades Autónomas, solicitud de concesión de la Ayuda correspondiente a subsiciación de préstamo cualificado(si era nuevo comprador), o en su caso, de la ampliación de un nuevo periodo de 5 años (para el caso de renovación).
Todas estas solicitudes, independientemente del plan de vivienda al que estuviera acogida su vivienda, fueron denegadas, o no concedidas, y todo ello, en aplicación del art. 35 del RDL 20/2012.
Esta coyuntura, solo afecta a las solicitudes que se produjeron en el periodo existente entre la entrada en vigor del RDL 20/2012, y la Ley 4/2013, esto es, entre el 15 de Julio de 2.012, y el 5 de Junio de 2.013, ya que esta última, las suprimió definitivamente, para cualquier plan de vivienda.
Pues bien, si tu vivienda pertenece a planes anteriores al 2009-2012, y realizaste el trámite entre el periodo comprendido entre el 15/07/2012 y 05/06/13, ¡estás de suerte! ya que, por parte del Ministerio de Fomento, en fechas recientes, se ha emitido una REVISION DEL CRITERIO INTERPRETATIVO DEL ARTICULO 35 DEL REAL DECRETO LEY 20/2012.
Este nuevo criterio supone que, hasta el 6 de Junio de 2.013, las solicitudes de nuevos reconocimientos y de ampliación del periodo de subsidiación de préstamos obtenidos al amparo de planes estatales de vivienda anteriores al Plan 2009-2012, no debieron ser denegadas en aplicación del art. 35 del RDL 20/2012, sino que, por el contrario, debieron ser estimadas, previa constatación del cumplimiento y/o mantenimiento por parte del solicitante, de los requisitos exigidos para ser beneficiario de la ayuda.
Si necesitas cualquier aclaración al respecto, seas o no Cliente, quedamos a tu disposición, llámanos gratis al 900 108 108, o envíanos un email a info@construccionespalomares.com, y te informaremos sin ningún tipo de compromiso.
Pues no lo sabia, gracias por la información. Vivir en Totana, siempre!!!